Noticia: Sagarpa falsea información

Noticia: Sagarpa falsea información

Frente a consulta indígena, SAGARPA falsea información sobre siembra de soya transgénica en Campeche

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El 4 de noviembre de 2015 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frenó la siembra de soya transgénica y ordenó realizar una consulta a pueblos indígenas en el estado de Campeche, como parte de una sentencia en favor de tres amparos presentados por comunidades y asociaciones de apicultores. Estos amparos fueron en contra de un permiso otorgado por la Sagarpa (Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Social, Pesca y Alimentación) a la transnacional Monsanto.

Aunque se designó a la CIBIOGEM y a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) para llevar a cabo la consulta, el abogado Jorge Fernández Mendiburu, Integrante de Indignación, promoción y Defensa de los derechos Humanos AC y del Colectivo Ma OGM, asegura que Sagarpa ha “soltado información para perfilar un posicionamiento público que confunda a la sociedad, cuando los alcances de la sentencia son otros”. También mencionó el abogado Fernández, que las dos entidades gubernamentales ya fueron notificadas para comenzar a diseñar la metodología tanto con autoridades como con la población afectada.

Sin embargo, Mendiburu señaló que “a pesar de que la SAGARPA no está autorizada (para participar en el proceso) está regando información falsa sobre el proceso de consulta, tema que tendrá que ser evaluados por la SCJN  al verificar el cumplimiento de la sentencia”.

Esta dependencia gubernamental, previamente a las demandas presentadas en el ámbito local y la resolución de la SCJN, había otorgado los permisos a la empresa transnacional de biotecnología y agroquímicos Monsanto, para la siembra, en fase comercial, de 253,500 hectáreas de soya genéticamente modificada en 7 entidades del país, incluyendo las tres que integran la península de Yucatán.

“Lo que la dependencia ha estado diciendo en su mayoría en Campeche, es que, se puede sembrar soya transgénica, que parte de las comunidades a consultar es población menonita cuando en realidad la sentencia dice que se debe consultar a comunidades indígenas donde pertenecen los quejosos. Por otro lado, Sagarpa, insiste en que los opositores son un grupo pequeño que se oponen al progreso”, asentó  el abogado del Colectivo Ma OGM.Aunque los pueblos indígenas reconocen lo relevante de la resolución de la Suprema Corte, consideran poco protector el fallo judicial ya que sólo se limita a llevar la consulta a las comunidades donde pertenecen los amparados y en segundo lugar, que los ministros no se adentraron en el estudio de la violación al derecho a un medio ambiente sano.

Por Redacción Boca de Polen, 10 de Marzo del 2016.

Fuente: Boca de Polen 

 

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